Día Sábado, 07 de Febrero de 2026
La multa por no recoger los excrementos que los animales depositen en la vía pública va de 301 a 750€.
La Concejalía de Medio ambiente informa a todos los dueños de perros que deben estar identificados por procedimiento electrónico en el plazo máximo de 3 meses desde su nacimiento o antes de su primeria adquisición. El responsable de la identificación deberes el propietario, responsable o tenedor de dichos animales.
Además, el propietario del perro está obligado a censarlo en el Ayuntamiento donde viva habitualmente el animar y a comunicar la cesión, venta, muerte o extravío del animal en un plazo de 5 días.
En el caso de animales potencialmente peligrosos, la comunicación de la sustracción o pérdida de estos animales deberá realizarse de manera inmediata, y en todo caso, en un plazo no superior a 48 horas desde que se tenga conocimiento.
Deberán ponerse las vacunas antirrábicas todos los perros de más de tres meses de edad y es obligatoria la Revacunación Anual. Además, la desparasitación contra Echinococcus granulosus será obligatoria en los perros de más de tres meses de edad, con una periodicidad mínima de 6 meses.
Para poseer un animal de los clasificados como potencialmente peligrosos se requerirá la previa obtención de una licencia administrativa. El titular de la licencia tiene la obligación de solicitar la inscripción del animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la Licencia administrativa y la certificación de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
En los lugares y espacios públicos:
· Deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado
· Deberán ser conducidos o controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros de longitud.
· No podrá llevarse más de uno de estos perros por persona.
Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.
Hay sanciones por el inclumplimiento de las normas:
- No recoger los excrementos que los animales depositen en la vía pública: de 301 a 750 € (Infracción grave, art. 52.2 de la Ordenanza Cívica)
- Poseer un animal de compañía sin identificar: de 150 a 1.500 € (Infracción grave, art. 45.3 del Decreto 134/1999).
- Poseer un perro potencialmente peligroso sin la preceptiva licencia: de 2.400 a 15.000 € (Infracción muy grave, art. 31.3 de la Ordenanza sobre Animales de Compañía).
- Hallarse un perro potencialmente peligroso sin bozal o no sujeto con cadena: de 300 a 2.400 € (Infracción grave, art. 31.2 de la Ordenanza sobre Animales de Compañía)
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