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Nacional

El BOE publica el uso obligatorio de mascarillas en todos los espacios públicos y privados a partir de los 6 años

Rebeca Castaño Miércoles, 20 de Mayo de 2020 Tiempo de lectura:

Un orden que entra en vigencia a partir de su publicación en el BOE y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del Estado de Alarma y sus posibles prórrogas

La presente orden, publicada hoy en el BOE, tiene por objeto regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población.

A los efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.

 

Quiénes la deben de llevar

 

Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el artículo 3 las personas de seis años en adelante.

[Img #130065]

Quiénes estarán exentos de llevarla

 

Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

 

Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

 

Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

 

Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

Dónde será obligatorio el uso de mascarilla

 

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

 

 

Más información: BOE

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