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Grupo HLT Benavente
En el BOE del próximo lunes se publicará una nueva relación actualizada de establecimientos hoteleros para ofrecer servicio de alojamiento a trabajadores, transportistas y personal sanitario mientras dure el Estado de Alarma.
Ante esta situación en nuestra ciudad se ha establecido al grupo HLT, que lo conforman el Hotel Santiago y Hostal La Trucha, como servicio de alojamiento esencial durante esta crisis sanitaria.
Tal y como ha indicado a Interbenavente José Flores, Gerente de HLT, el total de habitaciones de las que disponen son de 46, correspondientes a 30 en el Hotel Santiago y 16 en el Hostal La Trucha. Ha señalado que durante la estancia tendrán servicio de desayuno, comida y cena que se servirá en cada habitación.
Comida para llevar
Además este grupo hotelero también prepara comida para llevar, reservando el encargo con antelación, las personas que lo deseen podrán realizar el pedido e ir a recogerlo al establecimiento.
Para ambos servicios, tanto de alojamiento como de comida para llevar se puede contactar a través del teléfono 980 63 50 37.
![[Img #128448]](https://interbenavente.es/upload/images/03_2020/3897_7574_hotelsantiago.jpg)
Zona de Estacionamiento ofrecido por el Ayuntamiento
Por su parte el Concejal de Seguridad Ciudadana, Fernando Marcos, ha informado que por parte del Ayuntamiento de Benavente se ha establecido como zona de estacionamiento en la Calle Camino de Patacorines frente al recinto ferial de la FEMAG, para vehículos los cuales tienen permitido su tránsito dentro del Estado de Alarma, como sanitarios, transporte de alimentos, etc.
Prestación del servicio de alojamiento en otros supuestos excepcionales.
Tal y como dicta el BOE del pasado 25 de marzo de 2020. Los alojamientos turísticos recogidos en el artículo anterior permitirán el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en los apartados b), c), d), e) y g) del artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia.
Esos apartados se refieren concretamente a;
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
![[Img #128449]](https://interbenavente.es/upload/images/03_2020/9529_img_55973.jpg)
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