Día Martes, 27 de Enero de 2026
El Ayuntamiento fija nuevas tasas del IBI y del suministro de agua potable
![[Img #124637]](https://interbenavente.es/upload/images/01_2020/3117_millespzamayor.jpg)
El municipio de Milles de la Polvorosa estrena el año con nuevas ordenanzas reguladoras y fiscales relativas al uso de caminos rurales, del tipo impositivo del IBI y las tasas por el suministro del agua potable.
La nueva normativa sobre las vías agropecuarias detalla los elementos del sistema municipal de caminos, tanto las vías de 6 metros y de 3 metros como cunetas y taludes, así como se explicita la tiutularidad del Ayuntamiento y su conservación y el adecuado uso de los mismos.
La ordenanza publicada en el Boletín de la Provincia del pasado 30 de diciembre ha entrado ya en vigor y contempla la apertura de expedientes sancionadores por su incumplimiento, dependiendo de los daños ocasionados al bien público. De este modo, se contemplan multas desde los 60 euros a los 1.000 euros en el caso de tipificarse como infracciones leves. Desde los 1.000 euros a los 3.000 euros para las tipificadas como graves y desde los 3.000 euros a los 30.000 euros las consideradas como muy graves.
IBI de urbana y rústica
El Ayuntamiento de Milles de la Polvorosa también ha dado el visto bueno a una tasa igualitaria tanto para los bienes de naturaleza urbana como de rústica. Así, el tipo de porcentaje se fija en el 0,40%. Para los inmuebles de características especiales se ha fijado el gravamen del 0,6%.
Tasa por la prestación del suministro de agua potable
Milles también ha modificado la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de abastecimiento de agua fijando un coste de 250 euros por la acometida de conexión a la red general hasta el contador y de 150 euros por la desconexión. Unos trabajos a realizar por el Ayuntamiento, aunque se ha establecido una cuota de enganche de 150 euros al iniciarse el servicio o cada vez que se restablezca el mismo, según refiere la normativa municipal.
Se fija para las viviendas una tasa de 10 euros por el consumo de los 50 primeros metros cúbicos cada semestre, de los 50 a 100 metros cúbicos consumidos cada semestre la tasa es de 0,40 euros el metro cúbico y por un consumo mayor de 100 metros cúbicos se fija a 1 euro el metro cúbico.
Los usos ganaderos (mínimo 9 unidades de ganado mayor) varían la tasa, así como en el caso de los usos no domésticos, inmuebles o solares no considerados como viviendas.
FOTO: M. A. C. (Una instantánea de la plaza Mayor de Milles de la Polvorosa)




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