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Municipal

El Ayuntamiento convocará un nuevo plazo de solicitud a las ayudas a emprendedores con el objetivo de destinar la totalidad de la partida presupuestaria

Rebeca Castaño Martes, 01 de Octubre de 2019 Tiempo de lectura:

Los servicios técnicos del Ayuntamiento procederán a resolver la convocatoria finalizada y se abrirá un periodo extraordinario para destinar el montante restante de la subvención

 

La primera convocatoria de las ayudas BenEmprende finalizada el plazo de presentación de solicitudes el 30 de septiembre. El Alcalde de Benavente, Luciano Huerga anticipada que en los próximos días se resolverá la convocatoria “y sacaremos una nueva convocatoria extraordinaria con los remanentes que hayan quedado de la primera. De esta forma habitaremos un nuevo plazo extraordinario a fin de que se pueda agotar el crédito previsto y las personas que no hayan hecho la solicitud por olvido y cumplan los requisitos puedan solicitar las ayudas municipales”. Un presupuesto total de 12.000€.

 

 

Las ayudas BenEmprende nacieron con el fin de impulsar la actividad económica local incardinada como una de las medidas municipales contempladas dentro del Plan Territorial de Fomento de Benavente.

 

La finalidad de este programa es la de facilitar y apoyar mediante ayudas económicas proyectos de autoempleo que inicien su actividad entre el 1 de enero de 2019 y el día 30 de noviembre de 2019, y que, por su viabilidad; contribuyan en términos económicos o comerciales al desarrollo del municipio de Benavente, además de que mantengan su actividad en el municipio de Benavente durante al menos un año desde la resolución de la convocatoria.

 

Serán subvencionables, a través del programa de ayudas que la presente orden convoca: Los gastos derivados para equipamiento y mantenimiento de las empresas creadas, tales como adquisición o arrendamiento del bien inmueble donde se va a ejercer la actividad. Adecuación y reforma del inmueble. Mobiliario: rótulos, equipos de oficina e informática. Maquinaria: instalaciones de luz. Otros gastos de mantenimiento: agua, gas, teléfono, útiles y herramientas, etc.

 

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Todos los gastos deberán de estar relacionados y afectos al objeto que cubre la presente convocatoria y serán realizados, pagados y justificados con documentos fechados en el presente ejercicio y se realizarán entre las fechas uno de enero de 2019 a 30 de noviembre de 2019.

 

No serán subvencionables: Los impuestos que afecten a la adquisición de cualquier bien mueble o inmueble. .- Los impuestos que graven las reformas y adecuación de los bienes inmuebles. Los impuestos que graven la adquisición de mobiliario, maquinaria y demás enseres. Los honorarios notariales y registradores; ni de profesionales de servicios independientes. Los gastos derivados de depósitos o fianzas. Los gastos financieros como consecuencia de la apelación al crédito. Los gastos de traspaso del negocio.

 

Podrán solicitar las ayudas las sociedades mercantiles, sociedades civiles y cooperativas, en cuyo caso corresponderá una única ayuda con independencia del número de miembros, y asimismo los empresarios individuales.

 

Entre los requisitos que deben cumplir está que el inicio de la actividad se produzca hasta el 30 de noviembre de 2019, que la actividad por cuenta propia se mantenga un mínimo de un año natural a contar desde la fecha de resolución de concesión de la ayuda. No haber solicitado otra subvención para el mismo concepto de ninguna entidad pública o privada, que la actividad se desarrolle en el término municipal de Benavente o que se encuentren al corriente de las obligaciones tributarias.

 

 La cuantía de las ayudas serán de 350€ para emprendedores, 450€ para mujeres emprendedoras y 550€ para emprendedores y emprendedoras con discapacidad.

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