Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Una Ordenanza cuya puesta en marcha está prevista en septiembre
Desde la concejalía de Administración Interior elaboraban esta Ordenanza, aprobada en sesión plenaria del anterior mandato, cuyo objetivo es regular el régimen de cesión, y las condiciones de uso, ya sea puntual o temporal, de edificios, locales e instalaciones municipales que son propiedad de este ayuntamiento y de aquellos sobre los que ostente algún derecho, que de conformidad con la legislación vigente, le permita transferir su utilización, a favor de las entidades o asociaciones sin ánimo de lucro para que puedan desarrollar sus actividades y conseguir sus objetivos estatutarios, así como la regulación del uso que de los mismos hayan de hacer los cesionarios.
En la Memoria de Alcaldía refleja que la participación ciudadana es uno de los ejes claves de la sociedad sobre el que el Ayuntamiento debe seguir trabajando de forma integral, a través de políticas transversales que permitan el elemento asociativo, utilizando mecanismos y procedimientos que posibiliten aumentar la participación de los ciudadanos en la construcción de una sociedad más participativa y democrática.
Con el fin de potenciar esta participación, una de las prioridades del Ayuntamiento de Benavente ha sido y es el facilitar a las entidades sociales del municipio una sede social o un espacio donde puedan desarrollar las labores sociales, culturales, deportivas o de interés general que estos colectivos de forma altruista prestan a la sociedad.
La presente norma tiene como finalidad la regulación del procedimiento para que el acceso al uso de estos espacios se produzca en igualdad de condiciones, primando el mayor beneficio que a la sociedad pueda reportar el destino asignado a los mismos y teniendo en cuenta la disponibilidad de espacios.
![[Img #114429]](https://interbenavente.es/upload/images/07_2019/6894_ayto-informa.jpg)
![[Img #115230]](https://interbenavente.es/upload/images/08_2019/6873_centro-civico-5211.jpg)
Igualmente se regula el uso de los mencionados inmuebles, estableciéndose las reglas básicas que deben presidir el uso y disfrute por parte de los colectivos beneficiarios de la cesión de dichos locales.
La cesión y el uso de los espacios deberán estar orientados hacia los siguientes fines:
-
Fomentar el uso compartido de lugares comunitarios y de encuentro entre los vecinos, asociaciones, colectivos y demás elementos integrantes de la vida municipal.
-
Propiciar la puesta en marcha de actividades culturales, formativas, informativas, educativas, deportivas y lúdicas que se desarrollen en el municipio por las distintas asociaciones.
-
Además de optimizar los recursos municipales disponibles para estas cesiones. La utilización de los locales de forma compartida por el Ayuntamiento y los diferentes colectivos facilitará el aprovechamiento inteligente de estos recursos disponibles.
Las cesiones serán de dos tipos:
-
Cesión de uso con carácter puntual para una o varias actuaciones concretas.
-
Cesión de uso con carácter temporal por el tiempo acordado entre las partes.
Respecto a la cesión de espacios a personas físicas o entidades para la realización de actividades con ánimo de lucro se requerirá una solicitud formal de los espacios al Ayuntamiento de Benavente, cuyos técnicos estudiarán la solicitud para examinar la naturaleza de la actividad y la repercusión que pueda generar en el municipio. En concreto desde la Concejalía pretende regular este tipo de actividades que se desarrollan en espacios públicos “y evitar así una competencia desleal”.




Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.1