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Municipal

La Ordenanza Fiscal de las Plusvalías se actualiza en Benavente tras su entrada en vigor hace más de 20 años

Rebeca Castaño Viernes, 26 de Julio de 2019 Tiempo de lectura:

El Pleno ha dado aprobación a esta modificación con los votos en contra de Ciudadanos

Desde la concejalía de Hacienda en el Ayuntamiento de Benavente se llevaba a Pleno esta modificación cuya primera aprobación se retoma a noviembre de 1995, por lo que tal y como indica la memoria de alcaldía su situación de obsolescencia obliga a la modificación íntegra de la Ordenanza Fiscal, la cual se realizó un cambio puntual el pasado mes de abril con motivo de dar cumplimiento a los compromisos en el Plan Territorial de Fomento de Benavente.

 

Una Ordenanza que hasta el día de hoy no ha recogido, ni se ha adaptado a los cambios normativos que se han producido en el ordenamiento jurídico tras la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo por el que se aprobaba el texto refundido.

 

Este impuesto se considera a partir del valor del terreno en el momento del devengo y se realiza siempre en terrenos de naturaleza urbana.

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Por parte de los grupos políticos que conforman la Corporación Municipal, Izquierda Unida, Manuel Burón señalaba la necesaria actualización que se lleva a Pleno tras 24 años sin modificación íntegra de la Ordenanza.

 

Por su parte Ciudadanos, Jesús María Saldaña, indicaba su disconformidad con que este impuesto se encuentre vigente en Benavente, alegando que la situación económica de Benavente no es la adecuada para soportar este impuesto “nos parece de una euforia increíble”, recordando que no es un impuesto que tenga obligatoriedad.

 

Desde el PP anunciaban su voto a favor al considerar que es una adaptación a la normativa, aunque indicaba la portavoz del grupo popular, Beatriz Asensio, que se podía haber realizado con la modificación puntual de abril.

 

 

La concejala de Hacienda, Patricia Martín explicaba al portavoz de Ciudadanos es un impuesto al que deben hacer frente En caso de transmisiones a título lucrativo (por ejemplo, donaciones o herencias) la persona que adquiera el inmueble. En caso de transmisiones a título oneroso (por ejemplo, una compraventa) la persona que transmite el inmueble.

 

 

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