Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

DGT

La DGT intensifica la vigilancia en carreteras frecuentadas por ciclistas

Soraya Pedrero Viernes, 12 de Julio de 2019 Tiempo de lectura:

En Zamora, durante el año 2019 se han producido 3 accidentes en los que se han visto implicados ciclistas.

La presencia de ciclistas en las carreteras, sobre todo los fines de semana y en especial durante los meses de verano, lleva a la Dirección General de Tráfico a realizar una campaña especial de control de este colectivo de vulnerables, con el objetivo de reducir la siniestralidad e incrementar su seguridad mediante la vigilancia y el control del cumplimiento de las normas de tráfico por parte de todos los usuarios de la vía.

 

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil tiene orden de incrementar la vigilancia y los controles durante el fin de semana en aquellas vías interurbanas que presenten una elevada circulación de ciclistas así como en las rutas ciclistas protegidas, focalizando dicha vigilancia en el cumplimiento de las normas referidas a la distancia lateral para realizar adelantamientos, velocidad y maniobras antirreglamentarias. También aumentarán los controles preventivos de alcohol y drogas en dichas vías, así como en las vías de acceso a las rutas más frecuentadas por este colectivo.

 

Además de la presencia de los agentes en carretera, también se vigilará desde el aire con los helicópteros de los que dispone la DGT para que la convivencia de ciclistas con  el resto de vehículos sea la adecuada.

 

Una de las conclusiones que se extrae del barómetro de la Bicicleta es que seis de cada diez españoles no conoce la normativa sobre circulación de bicicletas, incluidos cuatro de cada diez usuarios de bici, motivo por el cual, durante la campaña, los agentes recordarán a los conductores que paren e identifiquen  las normas a cumplir, tanto si es conductor de una bicicleta o si se es conductor de cualquier otro vehículo.

[Img #113229]

  • Adelantamiento a ciclistas: La Ley de Seguridad Vial establece que el vehículo que adelante a un ciclista o conjunto de ellos, deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada, pudiendo rebasar la línea continua, siempre en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima 1,5 metros.
  • Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el  sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.
  • Es aconsejable también, que antes de adelantar, se reduzca la velocidad a la que el vehículo circula para adelantar al ciclista de forma más segura.
  • Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso.
  • Los ciclistas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad ( Art 36.1 RGC). Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada. Si el arcén no fuera transitable, podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada.
  • En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo.
  • El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Para los mayores de 16, no es obligatorio, aunque Tráfico recomienda su uso.
  • Es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera  y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche.
  • Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción.
  • Asimismo, los ciclistas como conductores tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial.

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.212

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.