Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
El no hacerlo supondría una infracción del artículo 14 de la Ley 32/2007 de 7 de noviembre.
Se acerca la época de matanzas en los hogares y Sanidad ha querido recordar la normativa vigente en cuanto a las mismas, sobre todo en lo relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.
Es por tanto obligatorio el aturdimiento previo al sacrificio y de no causar a los animales agitación, dolor o sufrimiento evitables durante las operaciones de traslado, conducción, estabulación, sujeción, aturdimiento, sacrificio y matanza. También recuerdan que el aturdimiento y el sacrificio se debe producir sin presencia de público.
El incumplimiento de las obligaciones en cuanto a la forma, métodos y condiciones para el sacrificio o matanza de animales de encuentra tipificado como infracción en el artículo 14 de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
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