Día Sábado, 07 de Febrero de 2026
El Ayuntamiento de Benavente informa a los ciudadanos sobre la tenencia de este tipo de animales.
La Concejalía de Medio Ambiente quiere poner en conocimiento de los vecinos todo lo correspondiente a la tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y ha mandado una circular a todas las personas que figuran en la base de datos del SIACYL (Sistema de identificación de Animales de Compañía de Castilla y León) como propietarios de un perro considerado como potencialmente peligroso.
En esta circular informa de la obligación de tener una Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, que se otorga o renueva a petición del interesado, por el Ayuntamiento.
Según la Concejalía, hay ciudadanos que no tienen en vigor la Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, ya que no la han solicitado o no la han renovado. Es por ello que el Ayuntamiento da un plazo de 15 días para que los propietarios que se encuentren en dicha situación la regularicen, obteniendo dicha licencia, o dando de baja a los animales que están a su nombre si fuera el caso. Una vez transcurrido este periodo, si continúan en la misma situación, el Ayuntamiento se verá obligado a abrir un expediente sancionador de oficio.
Se recuerda que la tenencia de animales calificados como potencialmente peligrosos sin licencia tiene la consideración de infracción administrativa muy grave, cuya sanción mínima es de 2.400€.
Puedes ver las obligaciones administrativas de los propietarios de este tipo de animales y las características de los mismos en el archivo adjunto.
A los efectos previstos en la Ley 50/1999, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos los que pertenezcan a las siguientes razas y a sus cruces:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffodshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
Excepto salvedades, aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado
- En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
- Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
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